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miércoles, 8 de febrero de 2017

Riesgos para la salud y el empleo de las gasolineras

Los riesgos para la salud de las gasolineras



Tanto las gasolineras desatendidas como las de autoservicio son Peligrosas porque los/as clientes quedan expuestos/as a la inhalación de vapores durante el trasvase del hidrocarburo al depósito de combustible (algunos de sus componentes, como el benceno, son cancerígenos), al contacto con la piel provocando dermatitis y eczema o a las salpicaduras del combustible que puede resultar muy irritante sobre todo en el globo ocular y contorno de los ojos. En las desatendidas no hay nadie que pare o bloquee el surtidor en caso de incidente o emergencia. En las de autoservicio, con el empleado despachando en la tienda, se puede demorar la actuación ante el riesgo.



¿Qué se entiende por gasolineras desatendidas?



Las gasolineras desatendidas se diferencian de las de autoservicio porque en estas últimas la operación de llenado y de suministro la hace el cliente pero el surtidor lo activa un empleado/a desde el centro de control. Teniendo en común que ningún operario de la empresa realiza el transvase del carburante desde el surtidor hacia nuestro depósito de combustible. Por lo que en ningún caso, las gasolineras de autoservicio deben considerarse como gasolineras convencionales. Pues, esta modalidad conlleva, cuánto menos, los riesgos ya citados y una serie de inconvenientes variables según la percepción y el grado de aceptación de la "peonada" realizada de forma gratuita por parte del cliente.





¿Qué medidas se están tomando al respecto?


En 2016, la Junta de Andalucía atendiendo las quejas de la Asociación Andaluza de Vendedores al por Menor de Carburantes y Combustibles (Agavecar) respecto a las gasolineras "low cost", resolvió que los puntos de venta de carburante deben contar con al menos una persona en sus instalaciones. Esto no ha hecho más que derivar hacia el consumidor la reducción de costes de la que se están beneficiando las empresas del sector tanto en gastos de personal como en la desinversión en materia de seguridad y salud en el trabajo, puesto que la excepción se ha convertido en una regla.

Los sindicatos han iniciado la campaña "Ni una gasolinera desatendida" en la que invitan a manifestar la oposición a las gasolineras desatendidas con la siguiente argumentación:

¿Por qué estamos contra las gasolineras desatendidas?
Peligrosas: no hay personal afecto a la instalación y en caso de incidente o emergencia no hay nadie que pare o bloquee el surtidor.
Amenaza para el empleo porque destruye puestos de trabajo al no contar con ninguna persona en sus instalaciones
Accesibilidad. Vulneración de los derechos de las personas con discapacidad que tendrían dificultades para repostar o incluso no podrían hacerlo.
Perjuicio para las personas consumidoras y sus derechos ya que no podrían exigirlos sin personal en las estaciones.

Hasta aquí todo muy bien, pero como siempre con mucho flecos. 

En primer lugar, las gasolineras de autoservicio son igual de peligrosas que las desatendidas tal y como se ha razonado.
En segundo lugar, contribuye a una baja tasa de ocupación en el sector (destrucción de puestos de trabajo) y a la intensificación del trabajo que se traduce en sobrecarga y fatiga de la persona presente en las instalaciones.  
En tercer lugar, no ha solucionado los problemas de accesibilidad. Es más, también discrimina a las personas con enfermedades crónicas, particularmente de tipo respiratoria, que no pueden hacer uso de los surtidores sopena de exponerse a un mayor riesgo para su salud.
En cuarto lugar, no sólo causa perjuicios a las personas consumidoras sino que las obliga a realizar un tarea sin contraprestación alguna y que puede causar muchos inconvenientes. Por mucho que se haya puesto de modo y muy acostumbrados que nos tengan.


¿Cómo actuar?

1º) Copia o descarga el texto de abajo y completa los espacios subrayados con tu nombre, apellidos y número de DNI. 

2º) Envíalo el texto cumplimentado a la siguiente dirección de correo electrónico:  "viceconsejeria.csalud@juntadeandalucia.es" indicando en el asunto 'Rechazo gasolineras desatendidas y de autoservicio'. 
También puedes presentarlo como escrito (recuerda obtener una copia sellada) en cualquier oficina de registro de la administración pública (Estado, Junta Andalucía, Ayuntamiento) dirigido a la viceconsejería de Salud.


Texto a remitir por correo electrónico o mediante escrito a la Viceconsejería de Salud


Para más información "clicka" en los enlaces siguientes:




sábado, 6 de febrero de 2016

La Asamblea de Montequinto solicita la Nulidad de los Presupuestos Municipales 2016 de Dos Hermanas

Por una Dos Hermanas más Justa, Solidaria, Participativa y con Menor Desigualdad.


 La Asamblea del 15M del barrio de Montequinto ha presentado 16 alegaciones a los presupuestos municipales del 2016 del Ayuntamiento de Dos Hermanas, mediante las que se pretenden unos presupuestos más participativos y más sociales que resuelvan la situación de emergencia social que sufren miles de familias y personas de nuestro pueblo.

Las alegaciones han sido desestimadas pero, según informa el semanario local, desde la Intervención Municipal no se descarta aplicar total o parcialmente algunas de las modificaciones presupuestarias incluidas en la reclamación ciudadana. 



En los presupuestos municipales para 2016 se han detectado y denuncian varios incumplimientos e ilegalidades normativas, como las siguientes:

  • Incumplimiento de plazos de presentación de los presupuestos, que impiden la información y el normal trabajo de los grupos municipales y participación de la ciudadanía en general.
  • Falta de información económica de sociedades mercantiles con capital íntegramente municipal: Parque de Investigación y Desarrollo Dehesa de Valme SA. y Apuesta Mutua Andaluza, SA.
  • Incumplimiento de la legislación vigente en cuanto a la creación de los distritos en que se ha de organizar el territorio del municipio de gran población de Dos Hermanas. Que ha impedido de hecho la participación y la decisión de los vecinos de los distritos, sobre los recursos presupuestarios.

Dado los incumplimientos arriba reseñados y legalmente argumentados en el escrito de alegaciones presentado , que también ha sido dirigido a todos los grupos políticos de la localidad, se solicita la nulidad de la aprobación de estos presupuestos, se vuelva a formar el Presupuesto General 2016 subsanando los defectos alegados de anulabilidad, especialmente el de falta de participación ciudadana, con el fin de poder aportar y discutir sobre las cuestiones de fondo alegadas para hacer entre todos y todas un Presupuesto 2016 del municipio de Dos hermanas más social y por lo tanto más adecuado a las exigencias de Cambio Social que la mayoría de la Ciudadanía reclama.

De no aceptarse por el Alcalde-Presidente la formación de un nuevo Presupuesto más social y participativo, la Asamblea Ciudadana solicita la aprobación de las modificaciones de las aplicaciones presupuestarias del estado de gastos que se indican en el escrito de alegaciones presentado.

Para conseguir estos recursos económicos que garanticen estas necesidades básicas, se propone reducir partidas presupuestarias de gastos suntuosos y superfluos como son: Atenciones protocolarias y de representación, Publicidad propaganda difusión de imagen corporativa, reuniones conferencias y cursos, que consideramos perfectamente dispensables. Disminuyendo gastos en 170.000 €.


Además, se entiende necesario recuperar recursos de partidas, que incomprensiblemente, no son utilizadas y consideradas como ingreso, como son: Disminución del fondo de contingencia al mínimo establecido legalmente, absorción y recuperación del superávit establecido en los presupuestos. Aumentando los ingresos en 643.250 euros.




Los recursos económicos conseguidos por estas alegaciones deben ser utilizados para resolver la situación de emergencia social ayudando a las familias sin recursos a hacer frente a gastos indispensables para la vida como: Alimentación de los Menores, ayuda a los gastos de comedor escolar, Suministros Básicos, Fomento de la formación de la población joven e infantil aumentando las partidas de Programa de Aprendizaje Profesional, Becas, Ayuda a Libros y Material Escolar, Guarderías, un Plan de Empleo  y la puesta en marcha de Huertos Sociales.




Desde el 15M seguiremos insistiendo con propuestas que favorezca la participación ciudadana y la consecución de la justicia social, para que en nuestro pueblo se cumpla la declaración de los derechos humanos, garanticemos una vida digna y evitar la pobreza y la exclusión social.


                  "Vamos despacio porque vamos lejos"


viernes, 28 de noviembre de 2014

Jornadas sobre Auditoria Ciudadana Municipal

I Jornadas Andaluzas Auditoría Ciudadana Municipal en Sevilla



El nodo de Sevilla de la PACD (PLATAFORMA PARA LA AUDITORIA CIUDADANA DE LA DEUDA) organiza, para el próximo sábado día 29, las I Jornadas Andaluzas de Auditoría Municipal.  Los principales objetivos de esta acción formativa son facilitar información sobre la DEUDOCRACIA y la DEUDA PUBLICA EN ESPAÑA y sus municipios, proporcionar formación de base sobre los OBSERVATORIOS CIUDADANOS MUNICIPALES y compartir las experiencias de varios municipios andaluces que ya tienen activos sus Observatorios (OCM). 


Con este evento, además, se pretende constituir una Red de Auditorías Municipales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para rechazar y hacer frente a la Deuda Ilegítima y las Políticas de Austeridad desvelando sus causas reales.





En concreto, estas jornadas versarán sobre:
  • Información de la Deudocrácia, la Deuda Pública en España y municipios y la Auditoría ciudadana municipal.
  • Formación sobre Observatorios Ciudadanos Municipales dirigida a grupos de vecinos/as que deseen organizarse para controlar las cuentas de sus ayuntamientos y velar por la transparencia de sus presupuestos, y conocer la herramienta informática OCX utilizada por múltiples OCMs para hacer el seguimiento de los datos económicos y velar por la transparencia de las cuentas públicas. 
  • Intercambio de experiencias entre municipios andaluces ya activos en el tema (Observatorio Ciudadano, Mociones impulsadas...)
  • Fundación de la Red de Auditorías Municipales de Andalucía.

Su celebración tendrá a lugar en la sede de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, C/. Blanco White, 5 Acc. A 41008 Sevilla




El proceso de Auditoría Ciudadana está abierto a todas las personas. Se trata de una herramienta de empoderamiento que nos permite ejercer nuestro derecho a saber, a exigir información y rendición de cuentas a los poderes públicos, un derecho fundamental recogido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como garante de Democracia. 

Entrar a formar parte de una Auditoría Ciudadana es el primer paso para recuperar el control ciudadano sobre la gestión de los bienes comunes y ejercer el derecho fundamental de participación en los asuntos públicos, amparado por el artículo 21 la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y el artículo 25a del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Comisión de Derechos Humanos. 


Plataforma para la Auditoria Ciudadana de la Deuda



martes, 18 de noviembre de 2014

Jornadas sobre Municipalismo: Taller práctico

TALLER SOBRE EL DERECHO AL AGUA, LA VIVIENDA Y EL DERECHO CIUDADANO AL CONTROL DE LOS GASTOS Y DEUDAS MUNICIPALES





CONTENIDO

El taller estará dividido en tres partes:

1.- LA BATALLA DEL AGUA.
Un derecho básico y esencial para el ser humano, que los intereses del capital, quieren privatizar para convertirlo en un negocio. Aprenderemos a exigir juridicamente que se cumpla la Ley, las facturas se conviertan en Tasas y se eviten cortes de suministros. Analizaremos el régimen jurídico y tarifas de EMASESA y las compararemos con Murcia y con Cartagena

2.- DEUDA MUNICIPAL ILEGÍTIMA E INJUSTA
Definir, identificar y auditar la deuda ilegitima municipal y ver la manera de impago. OCM (Observatorio Ciudadano Municipal), una herramienta de transparencia, participación y control ciudadano.

3.- VIVIENDAS SOCIALES Y VIVIENDAS VACANTES
El derecho a una vivienda digna y como hacerlo efectivo a nivel municipal. Parque municipal de viviendas sociales y parque de viviendas vacías de los bancos.

Destinatarios/as: Activistas y/o personas que trabajen o vayan a trabajar en esos ámbitos.
Plazas limitadas a 30 participantes que serán seleccionados/as por orden de inscripción.
Se garantizará la presencia de todos los colectivos interesados

Inscripción: Mediante correo electrónico a la dirección asamblea15mmontequinto@gmail.com




Este taller, eminentemente práctico, forma parte de las Jornadas sobre Municipalismo que organizamos conjuntamente con la asamblea hermana del barrio de Montequinto y dará continuidad a la Conferencia titulada "Como Dios con la corrupción. Caciques y déspotas locales", impartida por Fernando Urruticoechea, Economista e Interventor General del Ayuntamiento de Orihuela, el pasado día 25 de octubre, en la Biblioteca Publica de Dos Hermanas, y que tuvo como principal finalidad denunciar la ineficacia de los mecanismos de control de las cuentas públicas.

En el siguiente enlace se encuentra disponibles los vídeos de la citada conferencia.  Canal Youtube de la asamblea de Montequinto



viernes, 24 de octubre de 2014

Las tarifas del agua de Emasesa son nulas de pleno Derecho


EL PRECIO DEL AGUA SIN CONTROL PUBLICO


Red Agua Publica


Esta misma mañana hemos solicitado, mediante instancia dirigida al Alcalde de Dos Hermanas, que se suspendan los cortes de agua a todas las familias de nuestro municipio y que se hagan públicas las medidas adoptadas para hacerlo efectivo, a la mayor brevedad.

El suministro de agua potable, como bien esencial y básico para la vida digna, protegido constitucionalmente; junto al saneamiento, es indispensable para satisfacer las necesidades básicas con un papel indiscutible en la prevención de enfermedades infecto-contagiosas y garantía de salud pública.

Según distintas disposiciones reglamentarias, avaladas por la Jurisprudencia. Las tarifas del agua son prestaciones patrimoniales de carácter público, que participan de la naturaleza tributaria de la tasa, y cuya constitucionalidad depende del respeto al principio de legalidad. Esto es, las tarifas del agua son siempre tasas, independientemente de la forma en que se gestionen el servicio de aguas, y nos las están cobrando como precios, o lo que es lo mismo, una contraprestación calificada como ingresos de Derecho privado para la Emasesa. Esta naturaleza obligada de tasas tiene consecuencias prácticas de marcado contenido social, como el de la ilegalidad del corte del agua, en un contexto socioeconómico donde la pobreza hídrica y energética vienen cebándose con personas en dificultades como venimos denunciando desde hace tiempo.






Además, la falta de control público, como resultado de las presiones de las Empresas suministradoras para mantener las tarifas como precios privados, está ocasionando que los Ayuntamientos incumplan la Ley de Haciendas Locales. Y por si fuera poco, el precio del agua que pagamos en Dos Hermanas, no se decide en nuestro Pleno municipal, un aspecto que es, no sólo de Justicia, sino de obligado cumplimiento.

De estas cuestiones y otras relacionadas con la corrupción en los municipios hablaremos mañana en la Conferencia que tenemos programada 



¡Acude y Difunde!

Participa desde Twitter con los hashtag 


Red Agua Pública - Sígela en Twitter

jueves, 23 de octubre de 2014

La pseudoGestión pública del Derecho al Agua

VAMOS A GANAR LA BATALLA A LOS MERCADERES DEL AGUA



En vísperas de la Conferencia que organizamos conjuntamente las Asambleas del 15M de Dos Hermanas y Montequinto para el próximo sábado 25 de octubre, retomamos nuestras propuestas con ocasión del caso #AguaParaAlina por el que denunciábamos la actitud y procedimientos de Emasesa  y el mal funcionamiento de los servicios municipales. 


Durante el evento quedarán suficientemente legitimadas con aportaciones técnicas de Fernando Urruticoechea, economista y funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, integrado en la subescala de Intervención-Tesorería. 



Para tal fin, y por su indubitado interés para una parte de los objetivos planteados, y sobre todo, porque el regidor de nuestro municipio es vicepresidente y miembro de los consejos ejecutivo y de administración de la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, reproducimos a continuación un artículo de nuestro ponente titulado "Cómo Ganar la Batalla al Agua" publicado el pasado mes de julio en la Revista Atlántica XXI




Cómo Ganar la Batalla al Agua 
Por Fernando Urruticoechea

El suministro público de agua potable a domicilio es un bien esencial y básico para una vida digna, por lo que no debería ser objeto de negocio por parte de los mercaderes del agua. En España, el servicio municipal de este bien básico está cayendo bajo el control de unas pocas empresas que, abusando de su singular interpretación del actual marco jurídico, y apoyándose en la intencionada falta de control público, así como el desconocimiento ciudadano de sus derechos, se han lanzado a saquear los bolsillos de los usuarios.

El abastecimiento domiciliario del agua potable es un derecho en España. La Ley7/1985, de Bases del Régimen Local, establece en su artículo 26 su prestación obligatoria en todos los municipios, y en el 86.3 su carácter esencial, estableciendo la reserva obligatoria a favor de las entidades locales y su prestación en régimen de monopolio, respetando una tradición municipalista y su carácter público. 
También lo fueron los suministros de energía eléctrica y gas.




Sin embargo, desde la promulgación en el año 2000 de la Directiva Marco del Aguaeuropea, que obliga desde 2010 a recuperar la totalidad de los costes de los servicios, mucho ha cambiado en España, pasando de un 63% de gestión pública en 1996 a un 60% en manos privadas actualmente.

Alentados por la holganza de nuestra casta política, al apetitoso negocio del monopolio municipal del agua, mejorado con miles de millones de euros de inversión en las viejas y obsoletas redes municipales, acudieron, además de la empresa de Aguas de Barcelona -Agbar-, algunas otras de construcción de grandes infraestructuras públicas, experimentadas en el trato con la Administración del Estado, especialmente FCC y Acciona. Así se generó el oligopolio actual.

El levantamiento del secreto del sumario del Caso Pokémon ha puesto de manifiesto un entramado mafioso de compras de favores de políticos y funcionarios mediante regalos, sobornos y chantajes. Se trafica con las contrataciones de servicios municipales, con Aquagest/Agbar en el punto de mira y con pruebas de que han extendido sus favores a alcaldes y concejales de Galicia y Asturias.

¿Alguien cree que los protocolos de actuación de esta empresa solo aparecen en estas dos Autonomías?

Sorprende que, tras las revelaciones de la operación Pokémon, y antes las de la famosa agenda rosa del Caso Marea, no haya surgido un clamor ciudadano exigiendo la publicación de los gastos protocolarios de las compañías privadas del agua en los municipios donde la gestionan, ya que son gastos pagados por los usuarios. ¿Por qué no se desmarcan los grupos del PSOE e IU exigiendo tales declaraciones de transparencia o pasan a la acción contra la corrupción los de Podemos?

Siendo el servicio municipal del agua potable domiciliaria el más importante por su cuantía económica, llama la atención que en los casos de gestión indirecta mediante concesionarios (Aquagest/Agbar, Aqualia/FCC y Acciona), sus ingresos y gastos no figuren habitualmente en los presupuestos municipales, a pesar del principio constitucional de la universalidad de los ingresos y gastos públicos (art. 134 CE). Sin gastos y sin facturas, no es posible realizar control alguno por las intervenciones municipales y los del Tribunal de Cuentas de España y los autonómicos, ni están, ni se les espera.

Por tanto, no hay control público, como resultado exitoso de la estrategia del lobby del agua de mantener las tarifas como precios privados; incluso en los Ayuntamientos que las tienen en sus ordenanzas fiscales como tasas consiguen que se tramiten como precios, sin cumplir la Ley de Haciendas Locales.


Tasas o precios
La pieza clave de este tinglado es el sistema de retribución de las empresas concesionarias del agua o de las mixtas en los municipios de gestión indirecta, es decir, el de la naturaleza de las tarifas: el que sean consideradas tasas o precios privados y sus consiguientes efectos prácticos. 
Tradicionalmente se ha venido manteniendo en España la idea de que la retribución o contraprestación recibida por el gestor privado o indirecto de un servicio público constituye un precio privado, mientras que es una tasa cuando lo presta directamente un Ayuntamiento.

Idea supuestamente fundamentada en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 1954, aún cuando éste establecía que, en todo caso, se deberían regular como tasas las prestaciones por servicios monopolizados y los de recepción obligatoria, como es el caso del agua potable domiciliaria.

Tal patraña se vio favorecida por una contradictoria jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) y por el Trabajo desarrollado por catedráticos al servicio de la cuenta de resultados de las empresas prestadoras de servicios. Hay casos llamativos, como el del catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid, Gaspar de la Peña Velasco, consejero de la empresa mixta de Murcia, EMUASA, controlada por Aquagest.

Las movilizaciones populares por la recuperación de la gestión pública del agua proliferan. Sin embargo, la situación jurídica cambió radicalmente con la sentencia del Tribunal Constitucional 185/1995, que indica que deben entenderse como coactivas también las prestaciones “en las que el servicio requerido sea indispensable para satisfacer las necesidades básicas de la vida personal o social o cuando la renuncia a estos servicios priva al particular de aspectos esenciales de su vida privada”.

Esta sentencia no gustó nada a las empresas del agua, que intentaron evitarla. De hecho, tuvo escaso efecto práctico inmediato, hasta que años después se aplicó con el cambio normativo operado en la Ley General Tributaria (LGT) 58/2003. La novedad de esta Ley es que por vez primera explica el concepto del régimen de derecho público: da lo mismo que la gestión del servicio público sea por gestión privada indirecta o pública directa, porque, siempre que la titularidad sea pública, la contraprestación tiene que ser mediante tasa. Era un torpedo en plena línea de flotación del lobby del agua.  Así lo entendió el Tribunal Supremo, que a partir del año 2009 unificó su criterio estableciendo una jurisprudencia sin fisuras, en la que las tarifas del agua tenían que ser tasas, condenando precisamente a Aquagest. Resulta muy importante para la desinformación actual saber que las dos sentencias claves del TS del año 2009 fueron sobre hechos anteriores a la LGT del año 2003.

La consecuencia inmediata causó terror en los mercaderes del agua. La extrae el propio Tribunal Supremo al decir que las tasas, como ingresos de derecho público, han de ingresarse por su importe total en las arcas municipales, con independencia de que exista un gestor privado. Su remuneración habrá de hacerse con cargo a los presupuestos municipales y tras presentación de facturas, que podían ser por el total recaudado, dependiendo del correspondiente contrato administrativo.

Esta necesaria aclaración significaba un cambio radical, haciendo del Pleno de cada Ayuntamiento el único competente para establecer o modificar mediante ordenanzas fiscales las tasas que los sujetos pasivos de este tipo de servicios debían satisfacer.



Impagos y cortes

Resulta también fundamental la diferencia de trato en caso de impagos por falta de medios económicos y patrimoniales. El impago de una tasa solo podrá exigirse por el procedimiento de apremio, que deberá pararse en caso de insolvencia probada, caso de los receptores de ayudas de emergencia social. 


El gestor debe continuar prestando el servicio aunque no exista el pago, lo que no sucede en el caso de tarifas mediante precios, cuyo impago puede conllevar el inmediato y drástico corte.


El lobby del agua vio el grave peligro que esto suponía para sus intereses e inmediatamente se puso como objetivo tumbar el segundo párrafo del artículo 23 de la LGT del año 2003. Lo consiguió en marzo del 2011 con la Ley de Economía Sostenible del Gobierno de Rodríguez Zapatero, mediante enmienda presentada por CiU y votada por PSOE y PP en el Senado.


Los bastardos intereses de esa trama empresarial tuvieron como apoyo una planificada campaña jurídica con sus plumas mercenarias. Con el sistema de precios tienen barra libre para el incremento de tarifas sin control, sin facturas y sin pasar por el Presupuesto. Y sin control público efectivo para prorrogar indefinidamente sus contratos de agua por períodos de más de 40 años, creando situaciones irreversibles. 

No se ocultan los sobornos a los Ayuntamientos en forma de cánones anticipados ilegales, que son formas de hacer caja hoy y de vender a las próximas corporaciones y generaciones de ciudadanos por un plato de lentejas y de imposibilitar su rescate.

Se trata de una auténtica campaña de desinformación del lobby del agua, con tribunas y personajes muy cualificados, además de funcionarios colaboradores. Estrategia que se puede ganar en los Tribunales, basándose precisamente en las sentencias del Tribunal Constitucional  y del Tribunal Supremo que imponen las tasas, el control público y la transparencia.

Se trata de la defensa de lo público frente a un inmenso negocio, acrecentado especialmente por las obras necesarias de mejora de las redes de agua, con proyectos y ejecución de las concesionarias, fijando proyectos y precios sin respetar el principio de concurrencia, lo que resulta absolutamente ilegal y fácilmente recurrible. Pero no se suele recurrir.

Como obras son amores y no buenas razones, se trata de defender la gestión municipal de los servicios del agua y, en los casos que no fuera posible el rescate, exigir el control municipal de su gestión, con tarifas que sean tasas, ingresadas en cuentas bancarias municipales y abonadas tras presentación de facturas del concesionario. Tales ingresos y gastos deben figurar en cada presupuesto municipal. Deben recurrirse por nulidad de pleno derecho los cortes del agua, las prórrogas de los contratos, así como los cánones anticipados por ilegales y también la realización de obras financiadas con las tarifas y sin concurso abierto.

En definitiva, control público y transparencia en todos los casos, porque la corrupción no está solo en la gestión privada. El derecho al agua pública únicamente se asegura mediante tarifas por tasas aprobadas exclusivamente por el Pleno de los Ayuntamientos y con ingresos y gastos reflejados en el presupuesto municipal.


Más claro, agua.



¡GANEMOS LA BATALLA AL AGUA! ¡¡QUE SÍ SE PUEDE!!